¿Se pueden vender o embargar inmuebles que tengan constituido patrimonio de familia inembargable?

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  • Cuando se constituye patrimonio de familia, se busca proteger el bien respecto a terceros.

El patrimonio de familia inembargable es una figura jurídica que busca proteger los bienes de un grupo de personas, y como su nombre lo indica, garantizando su protección y evitando posibles embargos. Esta, se encuentra amparada por la ley 70 de 1931 Modificado por el art. 1, Ley 495 de 1999; que también indica que “El patrimonio de familia no puede constituirse sino sobre el dominio pleno de un inmueble que no posea con otra persona proindiviso, ni esté gravado con hipoteca, censo o anticresis y cuyo valor en el momento de la constitución no sea mayor de doscientos cincuenta (250) salarios mínimos mensuales vigentes.)”.

Para ahondar en el tema, el abogado Jimmy Jiménez, miembro del bufete Integrity Legal, explica que “para vender un inmueble que tenga constituido patrimonio de familia, la afectación debe ser cancelada o sustituida, pues un bien inmueble con patrimonio de familia no se puede embargar, ni vender por lo que, para su venta, es necesario liberar el inmueble de ese gravamen”.

Patrimonio de familia, patrimonios inembargables

El fin de estas figuras no es prohibir la venta de los inmuebles sino evitar el embargo por parte de terceros, y la venta sólo se restringe en la medida en que exige el levantamiento previo de tales figuras.

Si al momento de vender el inmueble y la totalidad de los miembros del patrimonio familiar no está de acuerdo, ¿cuál es el proceso a seguir?

Esta cancelación se puede realizar ante notario cuando no existan hijos menores de edad y cuando las partes están de común acuerdo.

Sin embargo, cuando no hay común acuerdo entre las partes o existan hijos menores de edad, este proceso se debe adelantar ante juez de familia, quien nombra un curador que proteja los derechos de los menores de edad.

Existe otra posibilidad de tramitar ante notaria y es a través de la sustitución de patrimonio de familia, en la cual se sustituye el patrimonio cambiándolo a otro bien inmueble y dejando libre el anterior, explica Jiménez.

¿Qué pasa si al vender un inmueble con patrimonio familiar, este tiene un embargo?

Los bienes que tienen cobertura de patrimonio de familia justamente son inembargables, por ende, no es usual que un bien inmueble que tenga patrimonio de familia se encuentre embargado; sin embargo, el bufete Integrity Legal recomienda que al momento de adquirir inmuebles, se haga un estudio riguroso de títulos, para que se logre establecer si el inmueble que se pretende adquirir tiene alguna medida que impida su compra efectiva; y ejercer de manera correcta la adquisición. Y en lo posible evitar comprar bienes que tengan embargos o cualquier tipo de gravamen que afecte la tradición del mismo.

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